Orden de Detención e incomunicación a Ulises Fabián Gómez, asesino de su pareja en Villa Guillermina.

Orden de Detención e incomunicación a Ulises Fabián Gómez, asesino de su pareja en Villa Guillermina.

-Ampliación de Orden de Detención Las Toscas, 17 de julio de 2025.-

Sr Jee de comisaría 8va de la ciudad de Villa Guillermina (S.F.)

y/o la autoridad policial que corresponda

Su Despacho:

Visto: En el Legajo CUIJ N 21-09640023-0, carátula “GOMEZ, Ulises Fabián

s/ Femicidio”, que tramita por ante la U.F. de la ciudad de Las Toscas del M.P.A.,

legajo policial N 099/25 de la comisaría de Villa Guillermina y;

Considerando: 1) Que el R.P.I. Inspector Patricio D. ALEGRE, de la comisaría

de la ciudad de Villa Guillermina, que da cuenta, que en el día de la fecha, el señor

Ulises Fabián GOMEZ con DNI 45657051, en hora de la madrugada dio muerte a

quien en vida fuera Analía Danila OVANDO con D.N.I. N° 42558536, de 25 años

de edad, con quien tenía una relación de pareja. 2) Que pesaba sobre el mismo una orden de detención, librada en fecha 16/07/2025, a la presente por incumplimiento de mandato judicial en contexto de violencia de género y/u Otros.

3) Que el encartado tomó conocimiento por terceras personas, de la existencia de

la orden de detención en su contra, y se sustrajo de la autoridad policial, motivo

por el cual la misma no se efectivizó en su oportunidad. 4) Que la muerte de la

prenombrada OVANDO, conforme a examen médico se produjo, en principio, en

forma violenta no pudiéndose determinar aun la causa fehaciente de la muerte,

encontrándose el cadáver en ínterin de traslado hacia la ciudad de Vera, a los

fnes de realizar autopsia en las próximas horas. 5) Que oculto de la autoridad

policial de la ciudad de Villa Guillermina, este que capturado en la localidad de San

Fiscalía Regional 4 Unidad Fiscal, Las Toscas

Calificación Legal provisoria: Que en principio los hechos aquí narrados

encuadran en las figuras penales de homicidio doblemente agravado: Por el

vínculo, por la existencia de relación de pareja y por ser perpetrado por un

hombre a una mujer mediando violencia de género, conforme a los artículos 80

inc 1 y 11 en el carácter de autor penal art. 45 del código penal.

Peligrosidad procesal: En razón que las figuras penales seleccionadas,

Establecen la máxima sanción penal de penas privativas de libertad y contando

con elementos suficientes para formalizar la investigación mediante la

Imputación correspondiente y en razón de que los hechos se desarrollaron dentro

de un contexto de violencia de género, cuento con sobrados elementos para

disponer la detención.

En razón de evitar el peligro de fuga, materializada por el comportamiento

del encartado al sustraerse de la autoridad policial, en forma concreta y cierta

para evadir de la investigación y la pretensión punitiva.

En este sentido, el imputado cometió el hecho (homicidio agravado) en la

ciudad de Villa Guillermina y que capturado en la localidad de San Antonio de

Obligado distantes a 35 kilómetros aproximadamente, conduciéndose en una

motocicleta, que en principio sería propiedad de la propia víctima OVANDO.

Orden: Por lo expuesto y normado en los artículos 214, 217 sgtes y conc.

Del C.P.P. de Santa Fe y normas del código penal citadas más arriba, es que

DISPONGO:

La ampliación de la detención e incomunicación del señor: Ulises Fabián

GOMEZ con DNI 45657051, demás datos personales de identidad.

La autoridad que proceda a notifcar la presente ampliación de detención:

-Procederá a realizar un exhaustivo examen médico, por médico policial al

detenido.

-Deberá dejar constancia suficiente de que se ha puesto en conocimiento

de los imputados los derechos que el C.P.P.S.F. Confiere al mismo, y hacer entrega

de copias de ésta orden de detención para conocimiento del letrado que ejerza su

deensa penal.

-Inmediatamente de producida la detención, deberá informarse a Oficina

de Gestión Judicial y al Fiscal actuante la hora en que principió la medida

ordenada, al abogado defensor propuesto por el detenido o sus allegados y al

S.P.P.D.P. A sus fnes.

-Se encarece la entrega de copia al detenido y, en su caso, copia al defensor

designado o SPPDP, para control de la misma.

 

Compruebe también

El senado santafesino aprobó el proyecto de Orfilio Marcón, que adhiere a la ley nacional de trabajo social.

El senado santafesino aprobó el proyecto de Orfilio Marcón, que adhiere a la ley nacional de trabajo social.

En la sesión del jueves 02 de julio de 2026, la Cámara Alta santafesina votó …

Los efectivos policiales de la Patrulla Urbana de Las Toscas, detuvieron a un envenenador con cocaína para la venta.

Los efectivos policiales de la Patrulla Urbana de Las Toscas, detuvieron a un envenenador con cocaína para la venta.

Alrededor de las 23;20 horas del miércoles 1° de junio de 2026, los efectivos policiales …