
Daniela León; Secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia de Santa Fe,
Daniela León habló sobre el caso que conmocionó al norte santafesino. Apuntó a la responsabilidad de los adultos por la «revulneración» de la niña y brindó detalles sobre cómo avanza el procedimiento mientras la menor permanece bajo resguardo estatal.
En la tarde del lunes 18 de mayo de 2026, la secretaria de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, Daniela León, explicó los fundamentos legales de la medida de protección excepcional que derivó en el retiro de Zoe, una niña de 4 años, del cuidado del expolicía Jorge Rodríguez y la docente Valeria Chapero.
La funcionaria señaló que la Secretaría actuó a partir de una resolución judicial que ordenó al organismo provincial adoptar esa medida «por considerar que está en una situación de vulnerabilidad», luego de la presentación realizada por la pareja para solicitar la guarda, tutela o delegación de la responsabilidad parental de la menor. En ese sentido, sostuvo que el objetivo central de la intervención estatal es garantizar los derechos de la niña, entre ellos «el derecho a vivir en una familia».
León contextualizó que Rodríguez y Chapero se habían presentado en el domicilio donde la niña vivía junto a su madre y la pareja de ésta, y que allí expresaron su intención de adoptarla. «No el deseo de llevársela y cuidarla, sino el deseo de adoptarla», afirmó, al remarcar que el organismo cuenta con declaraciones y entrevistas que respaldan esa versión.
En esa línea, recordó que en Argentina no existe la adopción directa, por lo que todo proceso de adopción debe canalizarse a través del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA); es decir, «no existe la modalidad que eligió este matrimonio».
Además, reveló que la misma pareja ya había intentado una maniobra similar en septiembre de 2025, cuando se presentó en la Delegación de Niñez de Vera con la intención de adoptar a otro niño de 4 años que estaba bajo medida de protección excepcional, alojado en un centro residencial.
Según relató León, en aquella ocasión también buscaron ingresar al programa de familias solidarias, aunque se les aclaró que esa modalidad es temporal y no habilita la adopción.
«Ellos nunca pertenecieron a ese programa por haber precisamente manifestado su deseo de adoptar, porque quienes son familia solidaria no pueden adoptar», remarcó la funcionaria, recordando que, ya en ese momento, «se les explicó que si querían adoptar un niño o una niña, tenían que inscribirse en el RUAGA».
«Se trata de un matrimonio formado, donde hay una maestra y donde hay un expolicía, con lo cual saben perfectamente cuáles son los mecanismos. Eso no ocurrió porque luego se presentaron en Guadalupe Norte en un domicilio y llevaron a su casa a una niña e intentaron por la vía judicial solicitar la tutela, tutela que el juez descartó», advirtió.
En este sentido, la secretaria cuestionó la conducta de los adultos involucrados y sostuvo que, ante una situación de presunta vulneración de derechos, lo que corresponde es denunciarla ante las autoridades competentes -«en la comuna, en la municipalidad, en la escuela, en el centro de salud, donde sea»-, y no llevarse al niño o a la niña a la casa.
«¿Qué hacemos entonces, cuando un ciudadano o una ciudadana ve a un niño o a una niña y considera que ese niño está vulnerado? ¿Nos llevamos a todos nuestros niños a nuestras casas? ¿Generamos un vínculo y, cuando nos descubren salimos a decir: Uy, ahora nos lo quitan después de haber generado este vínculo? No, los adultos son responsables. Los adultos tenemos que pagar», sostuvo.
También subrayó que, si bien la menor pudo haber recibido afecto y cuidado por parte de la familia Chapero-Rodríguez, el procedimiento fue irregular: «Nadie está diciendo que la niña fue mal cuidada; al contrario, seguramente le han dado amor y ha sido bien cuidada, pero el cuidado no transforma en legítimo un acto ilegítimo».
LA «REVULNERACIÓN» DE LA NIÑA
León aseguró que la Secretaría actuó en el marco de la Ley Provincial 12.967 y de la legislación nacional sobre promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes.
Sostuvo que la responsabilidad de lo ocurrido recae sobre los adultos involucrados, a quienes cuestionó por la exposición pública de la menor y por haber generado un vínculo sabiendo que legalmente la niña no podía permanecer en su hogar, lo cual significó una «segunda vulneración».
«Estos adultos, que se la llevan a su casa, la están revulnerando… Son ellos los responsables de todo lo que está pasando, son ellos los que provocaron esta situación, porque yo puedo asegurar que el organismo de Niñez habló con el señor Rodríguez; varias veces se les explicó que tenían que inscribirse en el RUAGA, varias veces se les dijo que lo que estaban haciendo no estaba bien. Lo intentaron en Vera, ahora en Reconquista, y saben perfectamente que no lo pueden hacer. Entonces, ¿quién paga el pato de todo esto? La niña de 4 años, a quien encima están exponiendo en marchas, en manifestaciones, con el nombre grande en mayúscula. Es una niña», subrayó la funcionaria.
Instó a tener en cuenta que «esa niña tiene un pasado, tiene un presente y va a tener un futuro, y alguna vez va a querer conocer su historia, y su historia va a ser que está en marchas y en manifestaciones con un nombre grande, porque hubo adultos que hicieron mal las cosas», cuestionó.
ACCIONES LEGALES
León confirmó que la Secretaría de Niñez presentó una denuncia penal para que se investigue todo el proceso, mientras que la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes hizo lo propio durante la mañana de este lunes.
«Será la Justicia quien decida si incurrió o no en un delito… Nosotros anoticiamos y pedimos que se investigue, pero el artículo 146 del Código Penal es claro», manifestó la secretaria, refiriéndose al artículo que tipifica la sustracción de menores.
El artículo 146 del Código Penal dice que será reprimido con prisión de 5 a 15 años, el que sustrajere a un menor de 10 años del poder de sus padres, tutor o persona encargada de él, y el que lo retuviere u ocultare.
Además, invitó nuevamente a la pareja de Rodríguez y Chapero a inscribirse en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (RUAGA) si desean avanzar en un proceso de adopción dentro del marco legal. «Porque todo lo que haga por fuera de la legalidad, vulnera y revictimiza a esta niña, y no hay derecho a que los adultos le provoquemos semejante revictimización a una niña», indicó.
EL FUTURO DE LA MENOR Y EL MENSAJE A LA SOCIEDAD
Finalmente, León confirmó que ya existe una resolución judicial que rechazó el pedido de tutela presentado por la pareja.
Actualmente, indicó que la niña se encuentra bajo resguardo del Estado, asistiendo a la escuela y «alejada de todos estos líos y problemas que generamos los adultos».
Informó además que ya se iniciaron las entrevistas con la madre y se evaluará a la familia ampliada (tíos, abuelos) antes de considerar la adoptabilidad.
Por último, reiteró el mensaje a la ciudadanía sobre cómo actuar ante posibles casos de vulneración de derechos de niños. «La responsabilidad que tenemos es de denunciar esa situación… Hay procedimientos legales y de eso se trata», afirmó la secretaria.
Asimismo, recordó que quienes quieran adoptar deben anotarse en el RUAGA, mientras que las personas interesadas en colaborar temporalmente con el sistema de protección de niños y niñas deben inscribirse en el programa de familias cuidadoras transitorias, dos registros que se encuentran disponibles en la web del Gobierno de Santa Fe.
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