El golpeador consuetudinario de Tacuarendí, Alexis Giménez continúa en prisión preventiva sin plazos.

El golpeador consuetudinario de Tacuarendí, Alexis Giménez continúa en prisión preventiva sin plazos.

Alrededor de las 10;00 horas del lunes 009 de febrero de 2026, comenzó desde la oficina de gestión judicial “OGJ” de Las Toscas a través del sistema ZOOM, una audiencia de revisión de medidas cautelares a Alexis Ricardo Antonio Giménez domiciliado en la localidad de Tacuarendí, quien permanece detenido en prisión preventiva desde el 16 de octubre de 2025, por la reiteración de delitos en el marco de Violencia de género, desobediencia de mandato judicial, robo calificado, lesiones leves en varias oportunidades y otros, donde el imputado estuvo acompañado por sus abogados defensores, los doctores Echezarreta y Bechara, el fiscal acusador fue el doctor Norberto Carlos Ríos y la audiencia la presidio el magistrado, doctor Gonzalo Eduardo Basualdo.

Luego de la exposición de la defensa, el fiscal Norberto Ríos, expuso todos los hechos por los cuales está imputado Alexis Giménez; El primero de ellos sucedió el día 04 de enero de 2024 en horas de la noche, el imputado ingresó sin autorización a la vivienda de su ex pareja, Luciana Magalí ALDERETE ubicada en calle 14 S/N del B° Itatí de la localidad de Tacuarendí, incumpliendo de este modo la medida de restricción de fecha 24/10/2022 dictada en el marco de Luciana Magalí Fernández y previo insultar a la víctima que llegó y lo encontró en el interior, le propinó un golpe de puño en la boca, la tiró y arrastró en el suelo, causándole lesiones, al mismo tiempo en que le manifestaba que le iba a romper la cabeza y que la iba a matar.

El Segundo hecho se produjo el 27 de noviembre de 2023 aproximadamente a las 21:00 horas, cuando Giménez abrió de una patada la puerta de la vivienda de su ex pareja Luciana Magalí ALDERETE, en el Barrio Itatí de la localidad de Tacuarendí e ingresó violentamente, incumpliendo la medida de restricción de fecha 24/10/2022, una vez dentro, tomó del cuello a la víctima que se encontraba con su bebé de 1 año en brazos, para dirigirla con su mano en el cuello hacia la habitación y por momentos tapándole la boca para que no gritara, y propinándole varios golpes de puño cerca del ojo izquierdo, para finalmente tirarla al suelo y pegarle patadas en todo el cuerpo.

El tercer hecho se produjo el  día 08 de enero de 2024 en horas de la noche, el imputado previo violentar una ventana, ingresó a la vivienda de su ex pareja Luciana Magalí ALDERETE y sustrajo de su interior elementos varios como un termo de plástico, prendas de vestir, una bombilla de mate, y una billetera de color marrón que contenía CUARENTA MIL $40.000 pesos en su interior, Giménez fue visto por un testigo cuando se retiraba de la finca por la ventana mencionada cargando consigo elementos, y le manifestó que no dijera nada.- (ROBO en CONCURSO REAL con DESOBEDIENCIA A UN MANDATO JUDICIAL.

 El cuarto hecho se produjo el día 07 de febrero de 2025 en horas de la siesta, el imputado encontrándose en la vivienda de su ex pareja Luciana Magalí ALDERETE, propinó varios golpes de puño por todo el cuerpo a la víctima que se encontraba en aquel entonces embarazada y la empujó al suelo, causándole lesiones a raíz de las cuales debió ser internada.

El Quinto hecho se produce el día 23 de octubre de 2022 en horas de la mañana, en su vivienda ubicada en calle 13 entre 8 y 9 de la localidad de Tacuarendí, el imputado amenazó de muerte a su ex pareja Luciana Magalí FERNANDEZ que se encontraba con su bebé en común de ocho meses en brazos, mientras la apuntaba con una tijera de metal manifestándole: “sos una puta de mierda, no me vas a ver la cara, te voy a matar”, sintiendo la víctima temor por su integridad y la de sus hijos.

El sexto hecho sucedió el día 09 de Septiembre de 2025, con todos los hechos imputados, la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Penal, Dra. Natalia Palud resolvió libertad con las siguientes restricciones para con el imputado,: 1- Fijar domicilio en Colectora Gaona N° 1350, Moreno, provincia de Buenos Aires, vivienda donde reside el Sr. ROMERO Rafael Evaristo, no pudiendo variar el mismo sin previa comunicación a la Oficina de Gestión Judicial de la ciudad de Las Toscas, Santa Fe.- 2- Prohibición absoluta de acercamiento y/o comunicación por cualquier medio para con la victima Sra. Luciana Magali FERNANDEZ, ya sea por si o por medio de otras personas.- 3- Prohibición de consumo de bebidas alcohólicas en exceso, y de estupefacientes en cualquier medida, 4- Prohibición de tenencia y opilación de armas de cualquier tipo.- 5- Prohibición cometer nuevos delitos dolosos.

Luego de una semana volvió a la localidad de Tacuarendì, al domicilio de la Sra. Fernández Luciana Magali, incumpliendo el Mandato Judicial, principalmente respecto de las restricciones 1, 2, y 5. Asimismo, el imputado habría sido visto en compañía de la señora Luciana Fernández, en distintos lugares de la mencionada localidad, con la que se conoce que existe dichas medidas de restricción perimetral por las reiteradas y constantes situaciones de violencia que se le imputaron.- Con la orden de detención librada el 16 de Octubre de 2025, personal policial de la Subcomisaría 1ra de la localidad de Tacuarendí fue al domicilio, momentos en el cual el imputado huye y se mantiene oculto, finalmente se entrega el día domingo 19/10/2025 pasado el mediodía.- (DESOBEDIENCIA A UN MANDATO JUDICIAL en CONCURSO REAL CON RESISTENCIA A LA AUTORIDAD – Arts. 55 y 239 primer párrafo del Código Penal)

Desde ese momento Giménez se encuentra en prisión preventiva, pero lamentablemente  la propia víctima quiere volver a pesar que  éste individuo siempre la lastimó, la agredió física y mentalmente, la golpeó mal un montón de veces.

Es por ello que los abogados defensores que lo asisten solicitaron ésta audiencia de revisión de medidas cautelares, porque aspiran nuevamente a una medida menos gravosa que la prisión preventiva, como ser, libertad con restricciones nuevamente, o prisión domiciliaria, donde se haría cargo su madre y  hasta la misma pareja.

 El Fiscal acusador, doctor Norberto Carlos Ríos, no solamente se negó rotundamente a que se les otorgue una modificación a la medida cautelar en vigencia, sino que manifestó que por los delitos cometidos, desde el MPA estaría pidiendo seis años de prisión de cumplimiento efectivo.

Más allá, que los abogados defensores del imputado, doctores Echezarreta y Bechara trataron de aprovechar la posición de la Víctima que declaró querer volver a vivir con el violento victimario, en su resolución el magistrado interviniente, doctor Gonzalo Eduardo Basualdo, denegó la solicitud de ambos defensores y avaló la postura del representante del ministerio público de la acusación, doctor Norberto Carlos Ríos, ordenando que el imputado continúe en prisión preventiva sin plazo. IMG_5481.JPGIMG_5472.JPG

 

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