La Cámara Penal de Apelaciones, integrada por los jueces José Mántaras, Roberto Prieu Mántaras y Bruno Netri, resolvió no hacer lugar al recurso de apelación y / o nulidad interpuesto por la defensa del justiciable Juan Oscar Valdéz contra la sentencia dictada el 13 de agosto de 2020, en la que fue condenado a la pena de prisión perpetua como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por la relación y por ser cometido por un hombre contra una mujer y mediando violencia de género , según artículos 41, 45 y 80, incisos 1 ° y 11 ° del Código Penal, con sus accesorias legales y costas del proceso, confirmando la sentencia impugnada.
La cámara resolvió que el fiscal continúe investigando.
En la misma resolución, la Cámara dispuso dar intervención al Ministerio Público de la Acusación para que investigue la eventual comisión de delitos por parte de los funcionarios policiales de la Comisaría de Fortín Olmos, todo de conformidad a lo manifestado por el ahora condenado Valdez; y también de todo hecho que podría contener delito de acuerdo lo sostenido en los considerandos de este pronunciamiento.