
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial de la Provincia, este Tribunal Pluripersonal integrado por los Jueces de Cámara, Dres. José Antonio Mántaras, Eduardo Alberto Bernacchia y Fabio Eduardo Mudry para resolver el recurso de apelación interpuesto por el SPPDP a cargo del Dr. Sergio Alberto Olivera contra la sentencia dictada el 26 de Noviembre de 2018 por el Juez Penal Dr. Gonzalo Basualdo.
Donde se condena a Rolando Daniel Insaurralde a la pena de 7 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de Abuso sexual con acceso carnal. Se hace constar que toman intervención los Dres. Norberto Carlos Rios y Sergio Olivera por el MPA.
El MPA representado por el Fiscal Norberto Rios, advierte que la defensa se contradice con lo expresado, es decir, cuando refiere a pobreza probatoria y arbitraria valoración de la misma.- Sostiene que no existen estos extremos y que los testimonios ofrecidos por la defensa fueron merituados por el Juez, y que para el caso se ha colectado el informe médico y la entrevista por Cámara Gessel que tiene solo como objetivo analizar el testimonio.
En repuesta a ello, la defensa no niega el abuso, pero si lo hace negando que fuera Insaurralde, y el fiscal replica diciendo que no hay otro autor que no fuera el imputado por que no había otra persona que lo pudiera cometer.
Así expresadas las posiciones participativas, el Tribunal considera necesario pronunciarse sobre los siguientes puntos Primero: se advierten en el dictado de la sentencia recurrida nulidades y/o invalidaciones. Poder Judicial defensa? adoptar? Segundo; ¿es justa la sentencia impugnada por la Tercero; que pronunciamiento corresponde A la primera cuestión el Dr. José Antonio Mántaras entiende necesario abocarse al íntegro repaso de las actuaciones sustanciadas en la baja instancia que fueron provistas por la OGJ de acuerdo a lo ordenado por el Tribunal.
Agotado este examen en grado de revisión, el Dr. José Antonio Mántaras se pronuncia por la justicia del fallo alzado y así lo vota, toda vez que por los elementos probatorios aportados ha quedado fundadamente atribuida la responsabilidad penal del justiciable.- Sobre este punto del acuerdo el Dr. Eduardo Alberto Bernacchia expresa que comparte estos fundamentos y en consecuencia lo vota de conformidad.- El Dr. Fabio Eduardo Mudry manifiesta que comparte el voto del Sr. Presidente del Tribunal Dr. José Antonio Mántaras y amplia fundamentos en los siguientes términos: entiendo que el tratamiento de casos como el que nos ocupa debe tener la necesaria perspectiva de protección de los derechos de los niños que pueden resultar víctimas de los delitos, además de la consideración de la sana crítica racional como herramienta procesal de garantía del debido proceso, y así se ha investigado y juzgado la conducta de Rolando Daniel Insaurrálde a quién se lo ha encontrado culpable del delito de Abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una menor, por lo tanto, ratifica la condena de primera instancia, ‘Siete años de prisión’.