El juez dará a conocer el veredicto en el juicio oral y público al médico Francisco Schereider a las 18:00 horas del jueves 29 de Abril, 2021.

Francisco Mario Schreiber, médico de profesión con domicilio en la ciudad de Malabrigo, fue juzgado por el delito de homicidio culposo agravado, acusado por el fiscal Alejandro Rodríguez, quien en su alegato final pronunciado este jueves 29 de abril de 2021, pidió que sea condenado a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo; mientras que sus defensores Andrés Ghio y Ricardo Degoumois, solicitaron su absolución. Finalmente habló el acusado; y juez penal del caso, Dr. Gonzalo Basualdo, avisó que dictará la sentencia de primera instancia este mismo jueves a las 18:00 horas.

El juicio oral y público había comenzado el viernes 23 de abril, con los alegatos de apertura y la declaración de los testigos.

Para el fiscal Alejandro Rodríguez, el señor Francisco Mario Schreiber provocó la muerte de la docente Gabriela Tourn y su hija Mía Tourn, quien al fallecer tenía 9 años de edad, producto de una conducción negligente, imprudente, imperita y antirreglamentaria, cuando provocó el siniestro vial a las 18:15 horas del domingo 19 de noviembre del año 2017 sobre la Ruta Nacional 11, en la traza urbana de la localidad de Guadalupe Norte, 22 Km al Norte de la ciudad de Reconquista.

El acusador sostuvo en el juicio que el automóvil en el que se trasladaba Schreiber, embistió desde atrás al automóvil donde transitaban las víctimas, y esa embestida provocó que saliera de la cinta asfáltica y descontrolado comenzó a realizar trompos, se cruzó de carril, y al avanzar por la mano contraria el furgón de la empresa Cinco-Vial, se produjo el segundo impacto que derivó en la muerte de madre e hija. Reprochó que Schreiber conducía superando ampliamente la velocidad máxima permitida para esa zona urbana en más de 30 Km por hora de exceso, lo que es un agravante especialmente reprochado en la ley argentina; mientras que la víctima conducía reglamentariamente.

Para el fiscal, quedó demostrado en el juicio que la causante de las muertes es la conducción totalmente antirreglamentaria, irregular, negligente e imprudente  de Schreiber. Para fundamentarlo se apoyó en las actuaciones policiales en el lugar del hecho, acta de procedimiento, filmaciones, fotografías, informes médicos legales, documentales, y en el informe técnico realizado por el Grupo Criminalístico de la Policía, a cargo de la Dra. Eva Cainelli.

Para el representante del Ministerio Público de la Acusación, lo justo es que el causante sea condenado a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento, por ser autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado.

 

Para los abogados defensores Andrés Ghio y Ricardo Degoumois, lo que ocurrió fue «un trágico accidente» que duele a todos, y que el acusador no pudo probar la responsabilidad penal del señor Schreiber, y quedó claro que «Schreiber no ocasionó el accidente, no fue ninguna conducción negligente, imprudente y anti reglamentaria» como acusó el fiscal sin pruebas. Sostuvieron que no hubo un peritaje «legal», que no se ha realizado la pericia accidentológica, y ni siquiera hicieron la reconstrucción del hecho. Atacaron testigos, y especialmente el trabajo de la jefa del Grupo Técnico Criminalístico de la U.R.IX, Dra. Eva Cainelli, cuyo informe técnico criminalístico «no tiene ninguna validez probatoria».

Al fiscal además le reprocharon que no haya investigado la responsabilidad del conductor del vehículo de la empresa Cinvo-Vial, Francisco Agustín Avalos, que es quien embistió al Renault Clío donde fallecieron Gabriela Ester Tourn, 49; y a su hija Mía de los Ángeles Tourn, 9.

Los defensores insistieron que «hubo un accidente» y que el mismo tuvo como resultado lamentable dos muertes, pero Schreiber no es responsable de esa muertes; por lo que pidieron al magistrado que absuelva de culpa y cargo a Francisco Schreiber.

 PALABRAS FINALES DEL ACUSADO 

La última palabra en el juicio fue para el acusado. Ya en la siesta de este jueves 29 de abril de 2021, el Dr. Schreiber dijo ante el juez que ese domingo 19 de noviembre de 2017, él regresaba de la ciudad de Las Toscas, de un concurso de pesca, «a velocidad tranquila»; y llegando a Guadalupe Norte empezó a aminorar la velocidad «porque todos sabemos que en zona urbana hay una velocidad máxima permitida», así que redujo la velocidad, ya que conoce la ruta porque viaja dos veces al mes porque su hijo estudia en Corrientes; y «llegando a la garita, unos metros antes», observó «a 20 metros, una polvareda intensa que ocupaba toda la ruta y parte de la banquina» de su lado, ahí gritó: “¡Guarda!”, y «al entrar a la nube de tierra, sintió el impacto y reventaron los dos airbag delanteros, se puso durísima la dirección del auto, no había forma de sostenerlo con las dos manos, hasta que el auto se detuvo. Todos estaban con cinturón de seguridad, todos bien», bajaron del vehículo, vio el impacto, que la rueda de su auto quedó atravesada, vio el utilitario de Cinco-Vial, y luego el Renault Clío con dos personas adentro. Relató que la conductora «ya no respiraba», constató que había fallecido; luego fue a ver a la nena que estaba sentada al lado, aún con signos vitales, «tenía el cinturón trabado», la tomó de la mano y lo propio hizo la nena, aún con los ojos abiertos, «me miró y cerró los ojos». Intentó renimarla «durante 15 minutos mas o menos» hasta que ya no había nada que hacer, también falleció.

«Esto que estoy contando es la verdad, señor Juez. Estoy convencido, creo que no tuve ninguna responsabilidad en el accidente. Por alguna causa creo que el Clío mordió la banquina, no se por qué, y al entrar a la nube de tierra se me cruzó y se produjo el impacto».

Sostuvo que «desde ese dia hice un cambio rotundo, nunca más fui la persona que era hasta entonces. Estoy convencido de mi inocencia, no tuve la culpa. Estén donde estén Gabriela y Mía, les deseo paz eterna. Una parte de mí también se fue con ellas. La espina que llevo adentro no la lleva nadie, no saben lo que vivo hasta el día de hoy. No es fácil, soy médico, desde chiquito siempre quise salvar vidas y es lo que hago». En ningún momento se quebró durante el relato.

Y finalmente le contestó al fiscal, diciendo que «es mentira» que nunca dio la cara, que tuvo «todas las intenciones» de hablar con la familia de las víctimas, que incluso una vez paró frente a la casa «…y reconozco que no me animé a bajarme… tal vez fui un cobarde». Explicó que había recibido gritos y amenazas, que recibió mensajes agraviantes, hablando mal de su mamá que había fallecido y de su hermano, que «también murió en un accidente de tránsito».

Concluyó diciéndole al magistrado: «Estoy convencido de mi inocencia y que no tuve la culpa». 

Luego el juez tomó la palabra para anunciar que dará a conocer su veredicto este mismo jueves a las 18:00 horas. 

 El siniestro ocurrió el 19 de noviembre de 2017.

Sucedió a las 18:15 del domingo 19 de noviembre de 2017, en el kilómetro 814 de la Ruta Nacional 11, a pocos metros de la sucursal Guadalupe Norte de la Unión Agrícola, cuando fallecieron la docente Gabriela Ester Tourn, 48; y su nena Mia de los Angeles Tourn, de 9, quienes transitaban en un automóvil Renault Clio patente GES 856.

El Dr. Francisco Mario Schreiber conducía un automóvil Peugeot 208 patente AB874lI color blanco.

El tercer vehículo protagonista del siniestro fue un furgón Peugeot Boxer patente NIX 609 de la empresa Cincovial s.a., que en ese momento aún tenía la concesión del peaje en Ruta 11, en el que circulaba Francisco Agustín Avalos, 47, domiciliado en el pasaje 40/42 del Barrio Lanceros del Sauce, Reconquista.

La Boxer iba hacia el Norte, mientras que el Clío y el P-208 iban rumbo al Sur.

En ese entonces Gabriela Tourn vivía en calle Pueyrredón 1045 de la Ciudad de Reconquista. Ella era oriunda de la localidad de El Sombrerito.

 «La imprudente, negligente y antireglamentaria maniobra de Schreiber» 

El fiscal Alejandro Rodríguez llevó a juico al señor Schreiber, acusandolo de “haber dado muerte a la señora Gabriela Ester Tourn, 49; y a su hija Mía de los Ángeles Tourn, 9, en oportunidad en que como conductor del vehículo automotor marca Peugeot 208 como consecuencia de una conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria, produjo la colisión de la parte frontal izquierda del vehículo que usted conducía con la parte trasera derecha del automotor marca Clío que era conducido por la señora Tourn, provocando que este último vehículo pierda el control, acelerara su circulación, traspase la doble línea amarilla e impacte contra el vehículo que venía en circulación contraria, se trata de una tráffic Peugeot Boxer dominio NIX 609 perteneciente a la firma concesionaria de la Ruta Nacional 11, CincoVial, que era conducida por el señor Francisco Agustín Avalos, hecho ocurrido el 19 de noviembre de este año, siendo aproximadamente las 18:15 horas, sobre la Ruta Nacional N° 11, a la altura del kilómetro 813,900, zona rural de la localidad de Guadalupe Norte, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, desplazándose el vehículo que usted conducía en dirección Norte a Sur, a una velocidad de 93 Km por hora, en zona donde producto de la reglamentación vigente debe conducirse a no más de 60 Km por hora; y el Renault Clío colisionado por usted, delante suyo, y en la misma dirección, a una velocidad de 57 Km por hora. Tras la colisión del vehículo Clío contra la tráffic Peugeot Boxer y producto del impacto, según informó el médico policial interviniente, perdieron la vida ambas mujeres.

 

 

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