El formoseño vagabundo, autor de dos homicidios calificados en grado de tentativa en jurisdicción de Reconquista, quedará internado por enfermo mental.

En la noche del sábado 04 de noviembre de 2023, Daniel Alejandro Patiño usurpó la casa de campo que la familia Sartor Ittig tiene sobre el Km 775 de la Ruta Nacional 11, en el acceso sur a la Ciudad de Reconquista, cerca de la ex cabina del peaje.

Cuando a las 21:00 horas de ese sábado llegó a la casa Gonzalo Sartor Ittig de 39 años de edad, lo sorprendió Patiño ejecutándole un disparo que le destrozó el brazo derecho. «Dejó hasta el hueso al descubierto», relató su hermano Ramiro, relatando el milagro de que no lo haya matado «por pocos centímetros». Lo había tomado por total sorpresa. Pensó que alguien había entrado a robar y se había marchado.

Herido hasta el hueso y muy sangrante, Gonzalo avisó a su familia por teléfono y se trasladó por sus propios medios hasta la sede de la Policía Vial, que está en lo que era la cabina del peaje (1.200 metros de la vivienda) donde pidió ayuda.

Mientras un agente lo trasladó al Hospital, otro policía acompañó a los hermanos de Gonzalo que habían venido raudamente desde Avellaneda (Ramiro y Franco).

La alarma seguía sonando y también pensaron que el delincuente había huido; y vuelta Patiño a sorprender a tiros. Ahí pudo morir Franco, que ingresó delante de todos, pero los dos tiros impactaron en el policía Mario Aguirre, quien sufrió serias lesiones, en el brazo izquierdo. Otro milagro que esté vivo. Todo fue a centímetros de lugares posiblemente fatales.

Luego del segundo ataque de Patiño, propietarios se replegaron hasta que llegaron refuerzos policiales. El lugar se inundó de agentes y reflectores con los que rodearon la casa. No sabían cuántos eran los delincuentes, ni qué disposición de armas y municiones tenían.

Luego de horas de negociaciones para que se entreguen, lograron determinar que había un solo delincuente dentro de la casa.

Estaba escondido dentro del baño, a mano armada. Había tomado posesión de la escopeta calibre 12, de dos caños yuxtapuestos, que pertenece a la misma familia Sartor Ittig. 

Arrojaron granadas de gas y gas pimienta  al interior de la vivienda, pero ni así lograron que Patiño salga.

Y vuelta a atacar desde adentro con dos tiros más, que no mataron de milagro a otro policía, porque pudieron ir al rostro, pero los plomos pegaron en la pechera protectora de fabricación casera (dicen que las hicieron los propios agentes porque la provincia no se las entrega). 

Al saber que luego de disparar los dos tiros posibles, el delincuente tenía que volver a cargar la escopeta, en ese momento irrumpieron en la vivienda y lo arrestaron.

«Quién me quita haber vivido por un día en este lugar», dijo Patiño. Que a primera impresión parecía no estar en buenas condiciones mentales. «¡Está pirucho!», dijo un agente.

En las horas que Patiño tuvo tomada la casa rural, preparó la monta para un caballo e intentó hacer marchar una moto, lo que fue imposible.

Con Patiño detenido, la fiscal del caso, Georgina Díaz, solicitó la audiencia judicial para que un juez controle la legalidad de la detención. Se realizó el martes 7 de noviembre, oportunidad en que tras escuchar el motivo de la detención, la jueza penal Claudia Bressán, declaró legal la detención ordenada por el Ministerio Público de la Acusación, pero no hubo imputación, ya que el defensor público Orlando Toniolo presentó un informe de la psicóloga Oberti, que consideraba probable que Patiño no estaba en condiciones de salud mental como para ser imputado.

La jueza decidió que primero se expida la junta médica, para determinar si Patiño comprende la criminalidad de sus actos.

De acuerdo a la junta médica realizada por el psiquiatra Horacio Goldaráz (médico forense) y por el psicólogo Jorge Gabiou, Patiño no comprende la criminalidad de sus actos. Padece de psicosis paranoide desorganizada, y es peligroso para sí y para terceros, por lo que sugieren su inmediata internación con custodia.

Con ese pronunciamiento, este miércoles 8 de noviembre de 2023, la jueza Bressán resolvió que Patiño no está en condiciones de ser imputado por los homicidios agravados por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, y demás delitos; y dispuso su internación  en el Hospital Reconquista, con custodia policial; y en 30 días deberá producirse un nuevo informe de salud mental.

También la Dra. Bressán dispuso remitir copia de todo lo actuado al Juzgado de Familia, porque entiende que este caso también es de materia civil.

En la audiencia realizada este miércoles, estuvieron Ramiro, Rodrigo y Franco Sartor Ittig, hermanos de Gonzalo, quien tras estar internado en el Hospital Reconquista, fue derivado a una clínica de Rosario.

Ante la jueza habló Rodrigo, quien conmovido hasta las lágrimas al recordar el suceso y las posibles consecuencias, puso en evidencia que Patiño pudo haber matado a una «persona espectacular que nunca dañó a nadie, que vive para trabajar», haciendo referencia a su hermano Gonzalo; y también relató su pena por el policía Mario Aguirre, quien también fue gravemente herido en el brazo izquierdo y permanecía internado en el Sanatorio Norte de la Ciudad de Avellaneda.

Contó que su hermano va a necesitar «seis cirugías»; y aún no puede mover dos de los dedos de la mano derecha.

Luego quiso hablar Patiño, quien, como si no comprendiera nada de lo que se decidió, preguntó: «¿Por qué tanta condena?. Mi vida no va a alcanzar para pagar lo que hice». No se le entendía bien. No parecía estar bien. De hecho que no solo que no recibió ninguna condena, sino que ni siquiera fue imputado por la comisión delictiva.

 Dictamen completo de la jueza sobre Patiño:

De acuerdo a lo informado por el doctor Goldaraz y el licenciado Gabiou, en un primer examen, el señor Patiño no se encontraría en condiciones de afrontar este proceso penal, y de acuerdo al artículo 106 del Código Procesal Penal, entiendo corresponde suspender el proceso respecto del señor Patiño, independientemente que la fiscalía continúe con la investigación y se haga de los elementos probatorios necesarios, para que si llegado el momento, Patiño pudiera ser sometido a proceso, continúe la causa en su contra. Pero mientras tanto, y de acuerdo al informe recabado, entiendo corresponde: Suspender el procedimiento penal respecto del señor Daniel Alejandro Patiño, DNI 29.703.007.

De acuerdo al informe ya recabado, corresponde la internación involuntaria con custodia de seguridad, de Patiño, en el aérea de salud mental del Hospital Central de Reconquista, a fin de que esa área realice un examen exhaustivo del mismo, e implemente el abordaje efectivo de la problemática del imputado de acuerdo a los lineamientos de los organismos internacionales y a la ley nacional de salud mental N° 26.657, en el marco de las recomendaciones de la red integral de salud mental, con base en la comunidad para el abordaje de salud mental en los Hospitales, emitida por la ley de salud mental y adicciones del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación del año 2018.

El mencionado nosocomio deberá elaborar un informe debidamente fundado dentro de los 30 días de recepcionado el presente, dirigido a esta carpeta judicial, el que será puesto en conocimiento de las partes, debiendo contener: a) evaluación diagnostica, interdisciplinaria, integral, b) planificación terapéutica del tratamiento por parte del equipo tratante interdisciplinario, c) medidas a implementar para garantizar el acompañamiento constante como medida de protección y cuidado, d) para el caso que Patiño, no contase con familiares o referentes afectivos, la institución deberá solicitar la colaboración de organismos públicos y realizar los pasos que se mencionan en el capitulo 7 de la ley de salud mental, e) modo y forma del tratamiento a implementar y detalles del mismo, f) plazo estimado del tratamiento integral que se solicita por lo que el informe solicitado deberá consignarse en la historia clínica de Patiño, los cuales deberán ser interdisciplinario e incluir información acerca de la estrategia de atención, las distintas medidas interpretadas por el equipo y las respuestas obtenidas.

Disponer se oficie a la junta de salud mental a fin de que elabore, informe en los términos del artículo 22 de la ley provincial de salud mental, a los fines de que díctame sobre los siguientes puntos: a) Capacidad del imputado para entender los actos del proceso o de obrar conforme desconocimiento y voluntad, b) Capacidad para comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones, c) Si Patiño representa un riesgo para si o para terceros, d) El lugar y modo más adecuado y aconsejable para el desarrollo del tratamiento según las constancias de autos, teniendo en cuenta las condiciones del sujeto afectado, e) En caso de corresponder plazo estimado de duración del tratamiento que en su caso debiere implementarse, d) Toda otra circunstancia relativa a la salud mental de Patiño que pueda resultar útil a la opción de las medidas adecuadas tanta para el justiciable como para este proceso.

Conforme el artículo 187 del Código Procesal Penal, las partes podrán adjuntar puntos de pericias para la junta de salud mental si así lo estimasen, pudiendo nombrar asesores técnicos. A tales fines, deberá la Oficina de Gestión Judicial remitir copia de la totalidad de las actuaciones.

Remitir copias de las presentes actuaciones a la justicia de familia, conforme a las previsiones del artículo 106 siguientes y concordantes del Código Procesal Penal.  

Oficiar a la Unidad Regional de policía a fin de que garantice una custodia 24 horas para Patiño, durante el plazo que dure el tratamiento o internación en le Hospital de Reconquista.

Daniel Alejandro Patiño nació el 5 de marzo de 1993, en San Jorge, provincia de Formosa. Dijo que supo trabajar como ayudante de albañil. No tiene domicilio fijo, deambula.

De hecho que, siete días antes de tomar la casa ajena, había hurtado objetos del Hogar del Buen Samaritano, en Calchaquí. Rápidamente, ese sábado 28 de octubre, fue encontrado escondido en un baldío y arrestado por la policía, que recuperó el celular, un cargador y una máquina de cortar pelo.

Por el tipo de delito no quedó preso. Solo fue identificado y continuó en libertad. Y siguió deambulando por la zona, hasta que siete días después protagonizó este hecho espeluznante en Reconquista. Y aquí todo se complicó porque encontró en la vivienda rural una escopeta y sus correspondientes cartuchos. Había también un rifle de aire comprimido 5,5.

 

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