Juez penal declaró legal la detención de Rosana Ramírez y dio por iniciada la investigación penal preparatoria por la agresión a dos periodistas que cubrieron el juicio al sacerdote condenado.
Rosana Ramirez en tribunales, detenida e imputada por haber agredido a golpes a dos periodistas en dos días. Ultra-defensora del sacerdote Néstor Monzón, a quien en esa misma sala condenaron a la pena de 16 años de prisión por abusar sexualmente de dos niños de 3 años en la Parroquia María Madre de Dios.
Rosana Beatriz Ramírez, DNI 31.384.060, de 34 años, hija de Juan Carlos Ramírez y Mabel Ángela Goy, empleada doméstica, domiciliada en el pasaje 4/6 al 2387 del Barrio América de la ciudad de Reconquista ya está legalmente imputada por los delitos de lesiones leves dolosas y lesiones leves dolosas calificadas por el concurso premeditado de dos o más personas en concurso real en perjuicio de los periodistas Gustavo Raffin (primer hecho, 18 de diciembre de 2019); y Leonardo Rolón (segundo hecho, dos días después), afuera del edificio de tribunales donde se desarrollaron las audiencias del Caso Néstor Monzón, el sacerdote condenado a 16 años de prisión por abusos sexuales, quien era habitualmente acompañado por la imputada.
El magistrado dispuso además la libertad con restricciones para la imputada, quien no podrá acercarse a menos de 200 metros de sus víctimas y familiares directos (esposas e hijos) ni a sus lugares de trabajo, que son las emisoras radiales, oficinas de trabajo y tribunales, donde suelen concurrir a cubrir audiencias ambos periodistas.
Los dos hechos delictivos imputados en concurso real tienen prevista una pena de 6 meses a 3 años de prisión.
El juez de garantías Santiago Banegas no dio lugar a la pretensión del abogado defensor Ricardo Degoumois, quien había expresado que la detención dispuesta por el fiscal Maglier fue «ilegal, arbitraria, vengativa, sectaria y discriminativa», que hubo «vulneración absoluta de la libertad» y «ensañamiento» porque se quiso ejercer un castigo adelantado, que la fiscalía cometió «exceso, una suerte de justicia por mano propia»; y además que la detención fue mal practicada porque actuó personal masculino y no femenino. Durante el debate Degoumois llegó a exagerar con advertirle al magistrado que de consentir la detención «está en grave peligro la República» porque estaría convalidando una violación de un derecho de la ciudadana.
Degoumois dijo que está habituado a las agresiones y que los autores son citados luego a la audiencia imputativa sin ser detenidos. Además citó el reciente caso del abogado Gustavo Masino a quien en la misma semana golpearon y no procedieron a la detención del autor también identificado. El fiscal se sacó el lazo aclarando que no estaba de turno ese día, y que él hizo lo correcto.
Efectivamente, el juez Santiago Banegas decidió y fundamentó que la detención de Rosana Ramírez fue legal, «perfectamente de acuerdo» con la constitución y las leyes, poniendo fin a la breve controversia.
El fiscal había recordado el fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre el caso Exequiel Ramírez, y que aquí también se dan los requisitos del 214 y 217 en consonancia. Sostuvo que Rosana Ramírez responde a un sentimiento de odio, pareciera haber obrado con venganza porque no le ha gustado un proceso penal y ha ido en contra de dos trabajadores del periodismo vulnerando también un derecho importantísimo de raigambre constitucional, como es el derecho de libertad de expresión y prensa.
La agresora imputada no quiso decir nada ante el juez, ni siquiera ensayó un pedido de disculpas por su violenta actuación.
Leonardo Rolón refirió ante el juez a la necesidad de proteger derechos que en el mundo se reconocen para favorecer la libertad de prensa.
Gustavo Raffin le dijo al juez que allí tenía delante suyo a la mujer que lo agredió salvajemente, quien además le impidió continuar con el trabajo ya que con su acto violento interrumpió la transmisión que realizaba en vivo-directo, que no solo le impidió hacer su trabajo, sino que además privó a la comunidad de ser informada de lo que estaba pasando, remarcando lo grave que es atentar contra la libertad de prensa y la libertad de expresión, que entiende es lo que hizo esa mujer en su acción violenta, que además repitió en 2 días con 2 ataques a 2 periodistas simplemente porque no le gustaba que se informe.
El magistrado dijo que sabe del trabajo de la prensa, que entiende que eso será tenido en cuenta a la hora de evaluar la actitud de la imputada Ramirez, que «por supuesto puede considerarse como un agravante por las circunstancias»; y dejó claro que la acción agresiva que se imputó es un hecho «deplorable».
La audiencia se realizó en la tarde del domingo 22 de diciembre de 2019 en los tribunales de Reconquista, San Martín 1153.
Rosana Ramírez había sido detenida el sábado y pasó algo más de 24 horas en una celda donde tuvo que esperar la imputación y la aplicación de medidas cautelares, tal lo solicitado por el fiscal Nicolás Maglier.