Cómo es el protocolo avalado por Nación para decidir a qué pacientes dar prioridad ante la posible saturación de camas covid.

Desde mediados de 2020 existe en el país un protocolo para que los médicos sepan cómo actuar frente a la posible falta de camas covid. Ante la gravedad de la segunda ola, adquiere relevancia. Cuáles son los principales aspectos a tener en cuenta.

El protocolo existe desde junio de 2020 y hasta el momento nunca fue necesario utilizarlo. Sin embargo, la segunda ola de covid comienza a poner en jaque al sistema de salud en gran parte de la Argentina. El lunes a las 16, el hospital Cullen de Santa Fe se quedó sin camas disponibles en el área de Terapia Intensiva Covid. Lo mismo sucedió a media mañana del jueves en el hospital Iturraspe.

Frente a la gravedad de la situación, adquiere relevancia el protocolo elaborado por el Comité de Ética y Derecho Humanos en Pandemia (CEDHCovid19) creado en junio del 2020. Se trata de un órgano autónomo, asesor y de carácter consultivo al Ministerio de Salud de la Nación, que establece las recomendaciones sobre cómo proceder en los casos críticos que haya que decidir a qué paciente asistir y a quién postergar cuando no haya más camas para ocupar.

Si bien algunos centros de salud tienen establecidos estos protocolos de «selección» y otros no, todos se rigen con el marco normativo del comité. Las recomendaciones que otorga el órgano autónomo consultivo están basadas en certezas científicas, pero también aborda cuestiones morales y éticas.

El primer criterio y el que más siguen los profesionales de salud a la hora de decidir dice que «se deber de asignar los recursos escasos a quienes tengan mayor posibilidad clínica de beneficiarse por recibirlos. Es decir, aquellas indicaciones basadas en la mejor evidencia científica disponible respecto: a la probabilidad de éxito, con una intervención médica determinada, en un paciente específico. Este será el principal indicador para la asignación de recursos críticos disponibles que debe regirse por la proporcionalidad terapéutica».

 

También especifica que «se deben disponer mecanismos para asegurar que las personas involucradas en las tomas de decisiones den cuenta por sus acciones e inacciones en la respuesta del sistema de salud a la pandemia y cuenten con la idoneidad para tomar las decisiones que se requieren». Estas decisiones, según el texto, de ninguna manera pueden ser arbitrarias.

Etica en La Asignacion de Recursos Limitados en Cuidados Criticos Por Situacion de Pandemia by Aire de Santa Fe on Scribd

Dentro de los criterios establece el “respeto igualitario” y de “no discriminación” para los pacientes en igual oportunidad de sobrevida, no se debería decidir si a un paciente se le asigna o no un respirador por su raza, credo, condición sexual o social.

 

En la narrativa de los principios éticos, señala que todos los pacientes deben recibir el mejor tratamiento y cuidado posible que esté disponible.

Los cinco puntos con los cuales el CEDHCovid19 debió establecer el marco de actuación contempló la filosofía del Estado constitucional, convencional, democrático, social y de derecho que rige la Nación Argentina; el derecho internacional de los Derechos Humanos; la Declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos (UNESCO-2005); las recomendaciones que dicten la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud; y los valores éticos fundamentales como la dignidad y la libertad, en igualdad de la persona humana, como también, la solidaridad, la equidad, la beneficencia, la justicia y la igualdad de género.

 

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